Proyecto de Ley Orgánica para el desarrollo del Reglamento europeo de inteligencia artificial
Adaptación del Reglamento europeo
El Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la Inteligencia Artificial con el objetivo de adaptar el marco jurídico español al Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, norma de aplicación directa en todos los Estados miembros desde agosto de 2024.
El proyecto regula principalmente el sistema de supervisión nacional y el régimen sancionador aplicable a los operadores que desarrollen, comercialicen o utilicen sistemas de inteligencia artificial. La iniciativa responde a la necesidad de concretar qué autoridades españolas asumirán las funciones previstas en el Reglamento europeo.
La norma persigue garantizar una utilización segura de la inteligencia artificial, especialmente en aquellos ámbitos que puedan afectar a derechos fundamentales, protección de datos o seguridad de las personas.
Autoridades competentes y coordinación institucional
El texto distingue entre productos ya sometidos a normativa sectorial y sistemas de IA no regulados específicamente. En sectores como vehículos, maquinaria o productos sanitarios, continuarán actuando las autoridades de control existentes.
Por el contrario, la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial asumirá competencias generales respecto de sistemas vinculados al empleo, educación o biometría. La Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo General del Poder Judicial también intervendrán en materias relacionadas con privacidad y administración de justicia.
El proyecto incorpora además mecanismos de coordinación institucional y atribuye a la AESIA funciones de interlocución con las autoridades europeas.
Sistemas prohibidos y obligaciones legales
El Reglamento europeo prohíbe determinados usos de inteligencia artificial considerados incompatibles con los derechos fundamentales. Entre ellos figuran sistemas que manipulan el comportamiento humano mediante técnicas subliminales o aquellos que explotan situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto destaca además la reciente incorporación de la prohibición de “deepfakes” sexuales generados mediante inteligencia artificial. La medida fue impulsada por España tras varios casos de difusión de imágenes falsas de menores y mujeres.
También quedan prohibidos los sistemas de clasificación biométrica destinados a inferir ideología, orientación sexual o religión, así como los modelos de puntuación social utilizados para limitar derechos o acceso a servicios.
Régimen sancionador y medidas de apoyo
La ley establece un sistema de infracciones leves, graves y muy graves conforme a los principios de proporcionalidad previstos en la Ley 40/2015. Las sanciones máximas podrán alcanzar 35 millones de euros o el 7 % de la facturación global anual.
El texto contempla además reducciones por pronto pago y medidas correctoras voluntarias. Igualmente, introduce criterios específicos para evitar un impacto desproporcionado sobre pequeñas empresas y startups.
Por último, la norma incorpora medidas destinadas al sector público, como la creación de inventarios de sistemas de IA y programas de formación para empleados públicos.